Impugnación de la Vida Laboral
La posibilidad de impugnación de los informes de la Vida Laboral, que reflejan las cotizaciones, ha sido aceptada en la reciente Sentencia de la Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Supremo de 23 de enero de 2019.
Considera el Tribunal Supremo que son actos recurribles, y no meros tramites informativos. De esta manera no es necesario esperar a solicitar una prestación para requerir responsabilidades, comprobando las cotizaciones y periodos de alta.
No se trata por tanto de un indiferente jurídico. Existe un interés legítimo real, actual e indiscutible en la modificación de un acto que perjudica tanto actualmente como a futuro.
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